24 feb 2014

PROYECTO POR LA TRANSPARENCIA EN LAS EDIFICACIONES



                                   FRENTE PROGRESISTA UCR - FAP


                                                           Lomas de Zamora, 27 de febrero de 2014


                                       PROYECTO DE ORDENANZA         



VISTO

Que en innumerables obras privadas  no se cumple con el artículo 5.1.2.1 de la ordenanza Nro 3861 conocida como Código de Edificación

Y CONSIDERANDO

Que es obligación indelegable del gobierno municipal ejercer el poder de policía para obligar a  la observancia de las normas vigentes.

Que es necesario la actualización de las mismas, acorde a la evolución y el desarrollo de las distintas actividades en el distrito.

La gran cantidad  de grandes obras, principalmente edificios en torre  iniciadas en nuestro distrito y  la preocupación vecinal por el avance sobre áreas residenciales de dichas construcciones.

La necesidad de dar tranquilidad y seguridad a todos los interesados.

La obligación del gobierno municipal de actuar con absoluta transparencia en todos los actos administrativos y gubernamentales, fijándose las responsabilidades funcionales de cada uno de ellos. Y asimismo el objetivo de brindar y abrir la información publica  para generar también un  control ciudadano

Que la ampliación de la información consistirá básicamente en expresar los valores de FOS, FOT, Alturas Permitidas, Densidad y otros índices normativos de la zona.     

Por todo ello el HCD en uso de facultades que le son propias, sanciona la siguiente


                                                   ORDENANZA
                           
                               
ARTICULO 1º: Modificase el artículo 5.1.2.1 de la ordenanza Nro 3861 quedando redactado de la siguiente forma:

“OBLIGACION DE COLOCAR LETRERO AL FRENTE DE UNA OBRA – SUS LEYENDAS

Al frente de una obra es obligatorio colocar un letrero que contenga la siguiente información 1)  el nombre, diploma o matricula y domicilio de los profesionales y empresas, estas con sus respectivos representantes técnicos, que intervengan  con su firma en el expediente  de permiso.2)  numero de expediente de obra, la fecha de concesión del permiso 3) zonificación según usos  que adopta la obra 4) FOS, FOT  permitido. 5) FOS y FOT según proyecto 6) superficie total del terreno 7)  superficie total construida, 8) Altura máxima según proyecto 9) altura máxima según zonificación 10) densidad reglamentada para la zona y adoptada en la obra...
Las dimensiones del letrero  y los materiales utilizados en su construcción la  aprobara de acuerdo a la magnitud de la obra  la autoridad de aplicación de éste código  siempre que satisfaga la finalidad perseguida.

ARTICULO 2º.   Envíese copia de la presente ordenanza a los Colegios Profesionales de Arquitectos, de Martilleros Públicos, de Ingenieros  y de Técnicos Constructores

ARTICULO 3ª  De forma 


                  LUIS FIGUERON                        MARCELO PELLEGRINI
                      CONCEJAL                                        CONCEJAL

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