FRENTE
PROGRESISTA UCR - FAP
Lomas de Zamora 26 de marzo de 2014
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La declaración de la quiebra
y el cierre del Hospital Vecinal de
Llavalllol y agotadas las instancias y
alternativas abiertas para que el mismo siga prestando el servicio de salud.
Y CONSIDERANDO
Que el Hospital Vecinal de
LLavallol está ligado a la historia de esta ciudad y a las historias personales
de sus vecinos.
Que el Hospital Vecinal de
Llavallol fue inaugurado en 1947 cediendo sus terrenos la Cervecería Bieckert
fabrica que enorgulleció a todo Llavallol y a Lomas de Zamora.
Que fue la comunidad que lo
rodeaba la que con esfuerzo, sacrificio y solidaridad aportaba su “cuotita”
mensual para su funcionamiento.
Que en sus más de 60 años de
historia miles de vecinos pasaron y se atendienton en las consultorios y
quirófanos del Hospitalito como con afecto la gente de Llavallol lo llamaba.
Que Lomas de Zamora necesita más
centros de salud y no puede permitir el cierre de los mismos sin hacer nada
Que sería conveniente, razonable
y también necesario contar con un Hospital que hoy cuenta con instalaciones
aptas para sumarlo al Sistema de Salud de Lomas de Zamora.
Que la transformación en
Hospital Público de complejidad simple es el destino más apto ya que el Hospital Luisa C de Gandulfo está demasiado
alejado para atender urgencias y casos de menor complejidad
Que este nuevo efector público
de salud podría dar el servicio de salud a una amplia zona de nuestro distrito
que incluya a Temperley Oeste, Turdera y Llavallol desconcentrando la atención
del Hospital Gandulfo.
Que
Corresponde al Concejo autorizar las expropiaciones de acuerdo con lo
dispuesto
en la Constitución y en la Ley Orgánica de Las Municipalidades (art 58)
Por todo ello
el Honorable Concejo Deliberante en uso de facultades que le son propias
sanciona la siguiente
ORDENANZA
ART 1 Declarase de Utilidad Pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados
en la localidad de llavallol donde funcionaba el Hospital Vecinal de Llavallol designado catastralmente como Circunscripción
IX Sección C Manzana 114 Parcela 20 y Circunscripción IX Sección C Manzana 114
Parcela 16 como los demás bienes muebles que ese encuentran en en los mismos.
ART 2 Autorizase
al Departamento Ejecutivo a realizar las diligencias necesarias para el
cumplimiento de esta Ordenanza
ART 3 Remítase la presente junto a las actuaciones e
informes técnicos pertinentes a la Legislatura de la Pcia de Buenos Aires para
el dictado de la Ley respectiva
ART 4 De Forma
LUIS FIGUERON MARCELO PELLEGRINI
CONCEJAL CONCEJAL

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