21 ago 2014

+ SUELOS ABSORBENTES X UN CODIGO DE EDIFICACION SUSTENTABLE



ESCUDO INSAURRALDE 2009 001                     Honorable Concejo Deliberante
                      De  Lomas de Zamora


FRENTE AMPLIO UNEN

                                         Lomas de ZAMORA, 5 DE AGOSTO DE 2014


PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:
           
            La necesidad de reglamentar y controlar las impermeabilizaciones del suelo provocadas por las construcciones ejecutadas y a ejecutar y la necesidad de mejorar la calidad de vida de los vecinos de Lomas de Zamora, disminuyendo el impacto negativo de las lluvias cada vez más abundantes que se descargan en periodos cortos de tiempo debido al cambio climático.

CONSIDERANDO:
             .            
Que la eficiencia hidrológica  de los Suelos Absorbentes se
potencia con la forestación.
            Que los Suelos Absorbentes cumplen función de retardadores y captadores de escurrimiemieto.
            Que la implementación de terrenos absorbentes representa un aumento de las aéreas permeables.

POR TODO ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la presente

                                               ORDENANZA

ARTICULO           Agregase al artículo 3.1.2 de la Zonificación Según Usos Vigente (Ordenanzas N 3861 y 3933) el siguiente texto.
Suelo absorbente (SA) Denominase suelo absorbente a la relación entre la superficie absorbente (parquizada y forestada) y la superficie de la parcela. No


Podrá tener solado ni construcción sobre nivel ni subsuelo de ningún tipo salvo en los casos especiales que posea pavimento permeable.
ARTICULO           Agregase a los artículos    3.7.3.1 /  3.8.3.1 / 3.9.3.1 / 3.10.3.1 /  3.11.3.1  el siguiente párrafo
Por lo menos el 50% de la superficie libre exigible de la parcela debe contar con suelo absorbente para permitir la rápida absorción del agua de lluvia. No menos de la mitad de dicha superficie deberá ser debidamente parquizada. Para los casos especiales de actividades comerciales cuyo funcionamiento requiera necesariamente que la parcela cuente con solado en toda su área libre de edificación, podrá tener la misma pavimento permeable. La superficie requerida de Suelo Absorbente podrá ubicarse al frente del lote, en la parte posterior en laterales o combinadas siempre que sumen los valores exigibles.

           
ARTICULO 3º Derogase toda norma que se oponga a la presente.
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ARTICULO 4º De forma.

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