26 mar 2014

PROYECTO PARA EXPROPIAR EL HOSPITAL DE LLAVALLOL QUE ESTA CERRADO



                                      



                                   FRENTE PROGRESISTA UCR - FAP

                                                           Lomas de Zamora 26 de marzo de 2014

                                   PROYECTO DE ORDENANZA


VISTO
La declaración de la quiebra y el cierre  del Hospital Vecinal de Llavalllol  y agotadas las instancias y alternativas abiertas para que el mismo siga prestando el servicio de salud.

Y CONSIDERANDO

Que el Hospital Vecinal de LLavallol está ligado a la historia de esta ciudad y a las historias personales de sus vecinos.
Que el Hospital Vecinal de Llavallol fue inaugurado en 1947 cediendo sus terrenos la Cervecería Bieckert fabrica que enorgulleció a todo Llavallol y a Lomas de Zamora.
Que fue la comunidad que lo rodeaba la que con esfuerzo, sacrificio y solidaridad aportaba su “cuotita” mensual para su funcionamiento.
Que en sus más de 60 años de historia miles de vecinos pasaron y se atendienton en las consultorios y quirófanos del Hospitalito como con afecto la gente de Llavallol lo llamaba.
Que Lomas de Zamora necesita más centros de salud y no puede permitir el cierre de los mismos sin hacer nada
Que sería conveniente, razonable y también necesario contar con un Hospital que hoy cuenta con instalaciones aptas para sumarlo al Sistema de Salud de Lomas de Zamora.
Que la transformación en Hospital Público de complejidad simple es el destino más apto ya que el  Hospital Luisa C de Gandulfo está demasiado alejado para atender urgencias y casos de menor complejidad
Que este nuevo efector público de salud podría dar el servicio de salud a una amplia zona de nuestro distrito que incluya a Temperley Oeste, Turdera y Llavallol desconcentrando la atención del Hospital Gandulfo.
Que Corresponde al Concejo autorizar las expropiaciones de acuerdo con lo
dispuesto en la Constitución y en la Ley Orgánica de Las Municipalidades  (art 58)

 Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente
                                                           ORDENANZA

ART 1  Declarase de Utilidad Pública y  sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la localidad de llavallol donde funcionaba el Hospital Vecinal de Llavallol   designado catastralmente como Circunscripción IX Sección C Manzana 114 Parcela 20 y Circunscripción IX Sección C Manzana 114 Parcela 16 como los demás bienes muebles que ese encuentran en en los mismos.
ART 2 Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las diligencias necesarias para el cumplimiento de esta Ordenanza
ART 3  Remítase la presente junto a las actuaciones e informes técnicos pertinentes a la Legislatura de la Pcia de Buenos Aires para el dictado de la Ley respectiva 
ART 4  De Forma



         LUIS FIGUERON                MARCELO PELLEGRINI
              CONCEJAL                            CONCEJAL 

20 mar 2014

PROY. P/ AMPLIAR LUGARES DE ESTACIONAMIENTO EN CENTRO DE LOMAS



                   BLOQUE FRENTE PROGRESISTA UCR - FAP

                                      Lomas de Zamora, 25 de marzo de 2014.

                            PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO      
         La escasa oferta de lugares públicos y privados para estacionamiento de vehículos particulares en el microcentro de Lomas de Zamora delimitado por las calles Yrigoyen – Falcon – Meeks/Pellegrini – Lucena

Y CONSIDERANDO
         Que el aumento del parque automotor y la importancia que tiene el centro comercial hacen que sea indispensable un nuevo ordenamiento del transito vehicular y el estacionamiento en ese radio.
            Que la zona delimitada es una de las áreas comerciales más importantes de la Pcia de Buenos Aires ese sector concentra la mayor cantidad de comercios  escuelas,  bancos y oficinas de servicios confluyendo  traumáticamente gran cantidad de  vehículos privados y de transporte público desde los barrios hacia el centro
            Que hasta tanto no se realice un proyecto integral que contemple no solo el estacionamiento sino también los flujos de transito vehicular tanto privado como el transporte público y también la carga y descarga de mercaderías  que solucione estos problemas debemos dar respuestas para paliar esta situación
            Que hay un gran desorden provocando graves alteraciones en el tránsito vehicular y peatonal
            Que es necesario tomar medidas urgentes para ampliar la oferta de lugares de estacionamiento tanto público como privado para satisfacer la demanda creciente de este servicio 
            Que las calles elegidas son de mano única preferentemente  no circulan colectivos de transporte de pasajeros y además tienen un ancho  que no afecta la libre circulación  de los automotores.
            Que a todo esto se le suma que los cordones no están pintados con  los  colores adecuados y los lugares para estacionar no están demarcados a fin  de mejorar la disponibilidad de los espacios.
            Que se han construido numerosos edificios en la zona que no cuentan con las cocheras suficientes para albergar los vehículos de los propietarios de dichas viviendas
            Que se ha otorgado numerosos licencias de estacionamientos reservados lo que también disminuye la cantidad de lugares libres.
            Que el proyecto trata de preservar en la medida de lo posible  los intereses de todos los afectados, peatones, automovilistas, comerciantes y líneas de transporte.

Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora en uso de sus facultades sanciona la siguiente

                                                           ORDENANZA 

ART 1   Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Mitre desde Yrigoyen hasta Avda. Meeks.
ART 2   Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle España desde Falcón hasta Colombres
ART 3   Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Pereyra Lucena desde Alem hasta Yrigoyen
ART 4  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Ramón Falcón entre Avda. Yrigoyen y Avda. Meeks
ART 5  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Portela entre las Vías y la Calle Alem
ART 6  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Rivera entre las Vías y la calle Alem
ART 7  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Loria entre la Avda. Yrigoyen y la calle Piaggio
ART 8  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la Avda. Colombres entre la Avda. Yrigoyen y la calle Saavedra
ART 9  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Gorriti entre la calles Piaggio y Saavedra
ART 10  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Laprida entre las calles Saavedra y la calle Piaggio
ART 11  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Boedo entre Azara y Alvear
ART 12  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Portela entre Azara y Alvear
ART 13  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Rivera entre Azara y Alvear
ART 14  Habilitase el estacionamiento en ambas manos de la calle Carlos Pellegrini desde Lucena hasta Portela
ART 15  Se proceda a revisar todos los permisos de espacios reservados que solicitaron instituciones o particulares ratificando aquellos casos en la que fuere estrictamente necesario para el desarrollo de actividades especificas y por Resolución fundada-
ART 16  Se proceda a repintar los cordones y a demarcar los espacios de estacionamiento teniendo en cuenta las distancias entre vehículos y dejando 1 m lineal en las esquinas para permitir la maniobrabilidad
ART 17  A través de la Dirección de Transito se disponga de un control de la carga y descarga de mercaderías en los horarios fijadas para la misma
ART 18  A través de la Dirección de Transito se señalice adecuadamente las disposiciones de Ordenanza  
ART 19  De Forma

             LUIS FIGUERON                     MARCELO PELLEGRINI
                  CONCEJAL                                   CONCEJAL

10 mar 2014

#Estamostrabajando con los vecinos de Lomas de Zamora, AYER SANTA MARTA

Estuvimos con los vecinos del Barrio Santa Marta, muchas necesidades y el Estado ausente, años de abandono, aguas estancadas que producen contaminacion y enfermedades, falta zanjeos recoleccion de residuos luminarias.






7 mar 2014

Igual trabajo, igual remuneración. #MesDeLaMujer


No me llamo mamita, paremos el acoso callejero #MesDeLaMujer


PROTOCOLO SITUACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER



Lomas de Zamora, 07 de marzo de 2014

PROYECTO DE ORDENANZA


VISTO
                                       Ley Nacional Nº: 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer en los Ámbitos en que se desarrollen sus Relaciones Interpersonales,
                                  Ley Nacional Nº: 24.632 Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención Belem Do Pará
                            
CONSIDERANDO
                                         Que es necesario incorporar la perspectiva de género en los distintos ámbitos de la administración pública y de manera urgente generar acciones destinadas a abordar la temática de violencia contra la mujer.
                                        Que la cooperación y la coordinación entre las instituciones es imprescindibles dada la complejidad del fenómeno que no es un problema estrictamente sanitario, sino un problema social con repercusiones sobre la salud.
                                       Que dicha problemática tiene gran repercusión en su salud y en el sistema sanitario ya que muchas mujeres que resultan heridas en los episodios de violencia recurren a él en busca de cuidados médicos para sus lesiones y que el mayor reto probablemente esté en la demanda repetida de asistencia por signos y síntomas inespecíficos de carácter físico o psicológico, en cuyo trasfondo subyace la violencia pero que ni la mujer ni el profesional relacionan con ella. Como consecuencia, se prescriben pruebas diagnósticas y terapéuticas que resultan poco efectivas, incrementando las consultas a diferentes especialistas que tampoco resolverán el problema.
                                    Que, las y los profesionales del Equipo de Atención Primaria desempeñan un papel fundamental en el proceso de resolución de la violencia, ya que de ellas y ellos depende la elaboración de los informes que demuestren el carácter de habitualidad de los episodios violentos que servirán para el cumplimiento del parte de lesiones. Todos estos informes son muy importantes para las mujeres, teniendo en cuenta, que pueden ser una prueba viable en caso que decida realizar una denuncia a su agresor.
                                 Que el ejercicio de estas tareas asignadas al sistema sanitario y a sus profesionales, por la necesidad de afrontar la violencia, requieren de la adecuación de los recursos. Adecuación que tiene que ver con la sensibilización, capacitación y formación de los profesionales, con profundización en el conocimiento a través de la utilización de los sistemas de información y vigilancia; lo cual supone poner en marcha acciones que posibiliten la interrupción rápida y eficaz de los problemas sanitarios derivados de la violencia.
Por todo lo expuesto las Concejalas y los Concejales abajo firmantes solicitan presteis sanción favorable al siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1. Establécese en el territorio del Municipio de Lomas de Zamora el “Protocolo de Detección Sistemática de Situaciones de Violencia contra la Mujer en la Consulta Médica”, para su implementación por parte de las instituciones públicas y privadas de la Salud en consultas o entrevistas profesionales, el que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza. 
Artículo 2. El presente Protocolo tiene por objeto la intervención activa del Estado en la disminución de los casos de violencia contra la mujer. La finalidad de su utilización, complementariamente con los procedimientos clínicos específicos de cada campo profesional y de los distintos niveles de complejidad en los que se implemente, es:
           la detección precoz e intervención temprana ante casos de violencia que afecten a la población femenina;
                      la recolección y tratamiento de información estadística vinculada a la violencia contra la mujer en todas sus formas.
Artículo 3. A efectos de su implementación se considera destinatarias prioritarias del presente Protocolo a todas las mujeres que reciban atención en consultas o entrevistas por parte de profesionales de la salud en el territorio, independientemente del campo profesional o los niveles de complejidad en los que se desempeñen, siendo éstos los únicos autorizados a recabar la información que será adosada a la Historia Clínica de la paciente
Articulo 4: No siendo taxativo el presente Artículo en orden a los Derechos y Garantías vigentes, en los casos en los que el mejor temperamento del profesional así lo indiquen se informará a las pacientes sobre los Servicios de Atención de Violencia contra la Mujer prestados por el Estado en la jurisdicción correspondiente, y se propiciará su derivación a los Centros que presten dichos servicios.
Artículo 5: Delegase en La secretaría de Salud la ejecución del presente Protocolo y la utilización de la información obtenida por este medio para fines estadísticos y/o de cooperación interinstitucional, tal lo previsto en los artículos 8 y 10 de la Ley 25.326. Toda vez que esta información será de carácter anónimo a los fines antes citados, con las solas excepciones previstas en la normativa vigente, también se tendrá en cuenta lo establecido por el Artículo 7, inciso f) de la Ley 26.485.
Artículo 6: La secretaría de Salud determinará la modalidad de elaboración de cuadros estadísticos y la creación de un área o servicio de registro único de datos para su aplicación, con el objeto de diseñar e implementar políticas públicas específicas en la materia.
Artículo 7: Comuníquese, etc.

                LUIS FIGUERON                           MARCELO PELLEGRINI
                     CONCEJAL                                          CONCEJAL