15 jun 2017

Pedido de informe sobre la paralización de Obra



BLOQUE UCR


Lomas de Zamora, 7 de junio de 2017


PROYECTO DE COMUNICACIÓN

VISTO:
La paralización de la obra sita en Av. Meeks y Colombres, que fue aprobada por excepción al Código vigente con número de Ordenanza 13460 del 16 de Diciembre de 2010 en su declaración de Interés Municipal y por Ordenanza 13821 del 23 de Noviembre de 2011 la aprobación de la Ordenanza que faculto al Departamento Ejecutivo a aprobar con carácter de excepción dicho emprendimiento

Y CONSIDERANDO:

Que han transcurrido más de dos años desde la paralización y abandono de la obra.
Que la estructura en cuestión no presenta cartel de obra ni otra identificación visible.
Que es obligación la existencia de un Director de Obra comprobable y su cartel reglamentario.
Que la Ordenanza 13.460 en su artículo 5° determina la caducidad automática de la Ordenanza “en caso de desistimiento de la gestión”.
Que la información es un insumo vital de las sociedades contemporáneas y que el control ciudadano propende a una mejor calidad democrática municipal.
Que la aprobación citada fue a expensas de la construcción de un hotel cuya empresa representante declino su interés en la misma quedando expuesto que el interés del Proyecto fue la aprobación de un mayor FOT a fin de aprobar 6.400 m2 para la torre de vivienda habida cuenta que el terreno en sus dimensiones alcanzaba para el emprendimiento hotelero.
Que la eventual adecuación de la superficie hotelera en monoambientes desvirtúa la intención aprobada en la excepción a la Norma.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA SANCIONA LO SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN
Artículo 1º .- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a los efectos de informe sobre la obra paralizada sin cartel reglamentario en Av. Meeks y Colombres que fuera aprobada con expediente de excepción por la Ordenanza 13.821 del 2011:
a) Quien tiene la guarda de la obra paralizada.
b) Quien/quiénes son sus responsables legales.
c) Si la norma aprobada oportunamente sigue vigente.
d) Si la eventual imposibilidad de contar el proyecto con un establecimiento hotelero no altera el fin último para el cual fue aprobada la Ordenanza citada.
Artículo 2º .- De forma.-

1 jun 2017

Proyecto pedido de Informes por demoliciones en Banfield


    
BLOQUE UCR




Lomas de Zamora, 21 de mayo de2017




PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO
La creciente construcción de edificios en torre y entre medianeras en Lomas de Zamora y la ausencia de información sobre dichas obras.

CONSIDERANDO
La preocupación que sobre la preservación del medio ambiente esta manifestando toda la sociedad.

La necesidad que las construcciones, tanto publicas como privadas, reflejen las aspiraciones de la población para que en un conjunto armónico la ciudad sea representativa de los ciudadanos que viven en ella

Que la ciudad es un espacio de convivencia social que necesita normas regulatorias que impidan abusos y excesos y que limite el accionar de los particulares a fin de que el interés general prevalezca

Que la información es un insumo vital de las sociedades contemporáneas y que el control ciudadano propende a una mejor calidad democrática municipal.

Que debemos extremar los controles a efectos de impedir consecuencias negativas que repercutirán en las generaciones futuras, evitando la política de hechos consumados.

Que desde el estado municipal se debe propender a un desarrollo sustentable y planificado de nuestra ciudad con la participación de los vecinos y las entidades sociales representativas.

Por todo ello el HCD en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente

COMUNICACIÓN
ARTICULO 1º El HCD se dirige al DE a los efectos de solicitar informe sobre los siguientes inmuebles con cartel de demolición total en su frente: Belgrano 1646 entre Talcahuano y Rincon con cartel de Demolicion expediente 852-V-17, y su casa lindera.

a) Si los inmuebles citados con cartel de demolicion total se ajustan al decreto

N 366/12 dictado por el Departamento Ejecutivo 16 de febrero de 2012.

b) Si los citados expedientes fueron intervenidos por la Comision de Evaluación de Proyectos que autorizara o denegara los pedidos de demolición de edificaciones construidas con anterioridad al año 1960 y los Proyectos de obra a construirse en su reemplazo.


ARTICULO 2 De forma.