18 abr 2017

Proyecto sobre Arbolado Público - Abril 2017

Resultado de imagen para arbolado lomas de zamora

BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL

BLOQUE GEN



Lomas de Zamora, 6 de abril de 2017



PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
El actual deterioro de nuestro patrimonio arbóreo y la ausencia de políticas para preservarlo

Y CONSIDERANDO:
Que el Municipio adhirió a la Ley Provincial 12.276 de Arbolado Publico mediante la Ordenanza N.º 6.612.

Que no se cumple con la normativa que fija la ley, no hay plan de forestación y/o reforestación, y tampoco hay presupuesto con una partida destinada a ese fin.

Que este Bloque presento con fecha al 20 de mayo y el 20 de noviembre del 2014, un proyecto de resolución aprobado por unanimidad solicitándole al Departamento Ejecutivo una serie de acciones tendientes a preservar el patrimonio arbóreo de Lomas de Zamora.

Que luego de la visita del responsable del área de Medio Ambiente del Municipio a la comisión de Medio Ambiente de este cuerpo no se han visto acciones significativas para desarrollar una verdadera política de medio ambiente ni se han corregido los déficits citados.

Que reiteramos que Lomas de Zamora tiene más de 12.000 cuadras urbanizadas y que según nuestros cálculos faltan más de 5 árboles por cuadra, lo que totaliza 60.000 árboles más aquellos que se deban recambiar por algún motivo concreto.

Que Lomas de Zamora no tiene una política para preservar el arbolado público, y que la Ordenanza N.º 6.612 prohíbe expresamente la poda además de declarar de interés y utilidad pública la defensa, mejoramiento, ordenamiento, ampliación de todos los componentes de los espacios verdes y fundamentalmente del arbolado público.

Que en Lomas de Zamora se mutilan y se extraen arboles con y sin autorización municipal, depredándose un capital que es de todos los habitantes de nuestro distrito incumpliéndose con la Ordenanza N.º 6.612.

POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN


Artículo 1º .- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para solicitarle que haga cumplir Ordenanza N.º 6.612 que prohíbe la podá en el Distrito.

Artículo 2º .- Realice una intensa campaña publicitaria en el mes de Abril y Mayo como habitualmente se hacía para informar de la prohibición de poda.

Artículo 3º .- El Departamento Ejecutivo deberá cumplir con la Ley N.º 12.276 de Arbolado Publico y la Ordenanza 6.612.

Artículo 4º .- Se dé cumplimiento efectivo a la Resolución N.º 18/14 de este Concejo Deliberante.

Artículo 5º .- De forma.



No hay comentarios.: